(Asunto C‑240/12
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑240/12

Fecha: 14-Mar-2013





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 14 de marzo de 2013—
EBS Le Relais Nord‑Pas‑de‑Calais

(Asunto C‑240/12)

«Procedimiento prejudicial— Inadmisibilidad»

Cuestiones prejudiciales— Admisibilidad— Cuestiones planteadas sin precisiones suficientes sobre el contexto fáctico— Inadmisibilidad manifiesta (Art.267TFUE) (véanse los apartados10 a 13 y23)

Objeto

Petición de decisión prejudicial— Rechtbank te Rotterdam— Interpretación de los artículos 15 y 26, apartado 1, del Reglamento (CEE) nº259/93 del Consejo, de 1 de febrero de 1993, relativo a la vigilancia y al control de los traslados de residuos en el interior, a la entrada y a la salida de la Comunidad Europea (DO L30, p.1) y del artículo 2, número 32, del Reglamento (CE) nº1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos (DO L190, p.1)— Concepto de tránsito— Traslado de residuos por barco desde un Estado miembro a un Estado que no queda comprendido en el ámbito de aplicación de la Decisión de la OCDE— Atraque durante el trayecto en el puerto de otro Estado miembro.

Fallo

La petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank te Rotterdam (Países Bajos), mediante resolución de 4 de mayo de 2012, es manifiestamente inadmisible.

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