(Asunto C‑331/11
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑331/11

Fecha: 25-Abr-2013





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 25 de abril de 2013—
Comisión/Eslovaquia

(Asunto C‑331/11)

«Incumplimiento de Estado— Directiva 1999/31/CE— Vertido de residuos— Artículo14— Vertedero existente— Inexistencia de un plan de acondicionamiento de las instalaciones— Posibilidad de continuar lasoperaciones»

1.Procedimiento judicial— Escrito de interposición del recurso— Requisitos de forma— Exposición sumaria de los motivos invocados— Motivos jurídicos no expuestos en el escrito de interposición del recurso— Mera remisión a los anexos— Inadmisibilidad (Estatuto del Tribunal de Justicia, art.21, párr.1) (véanse los apartados 27 a29)

2.Estados miembros— Obligaciones— Ejecución de las directivas— Incumplimiento— Justificación— Improcedencia (Art.258TFUE; Directivas del Consejo 96/61/CE y 1999/31/CE) (véanse los apartados 32 a35)

3.Medio ambiente— Residuos— Vertido de residuos— Directiva 1999/31/CE— Medida nacional que autoriza la explotación de un vertedero sin un plan de acondicionamiento y sin que se haya adoptado una decisión definitiva sobre la posibilidad de continuar las operaciones con arreglo a un plan de acondicionamiento aprobado— Incumplimiento [Art.258TFUE; Directiva 1999/31/CE del Consejo, art.14, letrasa) a c)] (véanse los apartados 36 a 39 y elfallo)

Objeto

Incumplimiento de Estado— Infracción del artículo 14, letrasa), b) yc), de la Directiva1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos (DO L182, p.1)— Posibilidad de continuar las operaciones del vertedero Žilina— Považský Chlmec cuando no existe un plan de acondicionamiento de las instalaciones.

Fallo

1)

Declarar que la República Eslovaca ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 14, letrasa) a c), de la Directiva1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos, al autorizar la explotación del vertedero de Žilina— Považský Chlmec sin un plan de acondicionamiento y sin que se haya adoptado una decisión definitiva sobre la posibilidad de continuar las operaciones con arreglo a un plan de acondicionamiento aprobado.

2)

Condenar en costas a la República Eslovaca.

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