(Asunto C‑354/12
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑354/12

Fecha: 11-Abr-2013





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 11 de abril de 2013—
Asa/OAMI

(Asunto C‑354/12P)

«Recurso de casación— Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento— Marca comunitaria— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009— Motivo de denegación relativo— Marca denominativa FEMIFERAL— Oposición del titular de la marca denominativa y figurativa anterior feminatal»

Recurso de casación— Motivos— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos presentados ante el Tribunal General— Exclusión salvo en caso de desnaturalización— Control de la calificación jurídica dada a los hechos del litigio — Inclusión (Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véanse los apartados28 y29)

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 25 de mayo de 2012, Asa/OAMI— Merck (FEMIFERAL) (T‑110/11), mediante la que dicho Tribunal desestimó por infundado el recurso de Asa sp.zo.o., solicitante de la marca denominativa «FEMIFERAL», que tiene por objeto la anulación de la resolución R0182/2010‑1 de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), de 19 de noviembre de 2010, mediante la que se anulaba la resolución de la División de Oposición desestimatoria de la oposición formulada por el titular de la marca denominativa nacional «Feminatal» y de la marca figurativa nacional con el elemento denominativo «feminatal», para productos de la clase 5— Infracción del artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (Versión codificada) (DO L78, p.1).

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas a Asa sp.zo.o.

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