Auto del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 16 de mayo de 2013—
Internationaler Hilfsfonds/Comisión
(Asunto C‑208/11P‑DEP)
«Tasación de costas»
1.Procedimiento judicial— Costas— Tasación— Costas recuperables— Gastos necesarios efectuados por las partes— Honorarios abonados por una institución a su abogado— Inclusión [Estatuto del Tribunal de Justicia, art.19, párr.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.144, letrab)] (véanse los apartados 13 a15)
2.Procedimiento judicial— Costas— Tasación— Costas recuperables— Circunstancias que deben considerarse [Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.144, letrab)] (véanse los apartados 17 y18)
3.Procedimiento judicial— Costas— Tasación— Costas recuperables— Circunstancias que deben considerarse— Conducta de las partes— Falta de pertinencia (Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.144 y 145, ap.1) (véase el apartado25)
4.Procedimiento judicial— Costas— Tasación— Costas recuperables— Circunstancias que deben considerarse— Honorarios que las partes deben a sus propios abogados— Fijación de los honorarios que pueden reclamarse a la parte condenada en costas [Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.144, letrab), y145] (véase el apartado27)
Objeto
Artículo 74 del Reglamento de Procedimiento— Solicitud de tasación de costas presentada a raíz del auto del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 15 de febrero de 2012, dictado en el asunto C‑208/11P, Internationaler Hilfsfonds/Comisión. |
Fallo
Fijar en 3.500euros el importe total de las costas que debe reembolsar Internationaler Hilfsfonds eV a la Comisión Europea en el asunto C‑208/11P.