(Asunto C‑268/12
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑268/12

Fecha: 08-May-2013





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 8 de mayo de 2013—
CadilaHealthcare/OAMI

(Asunto C‑268/12P)

«Recurso de casación— Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Marca comunitaria— Reglamento (CE) nº40/94— Artículo 8, apartado 1, letrab)— Riesgo de confusión— Marca denominativa ZYDUS— Oposición del titular de la marca comunitaria ZIMBUS— Denegación parcial del registro por la Sala de Recurso de laOAMI»

Recurso de casación— Motivos— Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas— Inadmisibilidad— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas— Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art.256TFUE, ap.1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véase el apartado41)

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 15 de marzo de 2012, Cadila Healthcare/OAMI— Novartis (ZYDUS) (T‑288/08), por la que el Tribunal General desestimó el recurso de anulación interpuesto por el solicitante de la marca denominativa «ZYDUS», para productos de las clases 3, 5 y 10, contra la resolución R1092/2007‑2 de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), de 7 de mayo de 2008, que desestima parcialmente el recurso interpuesto contra la resolución de la División de Oposición que deniega parcialmente el registro de la citada marca en el marco de la oposición formulada por el titular de la marca comunitaria «ZIMBUS», para productos de la clase 5— Riesgo de confusión— Similitud de los productos y los signos— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009].

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas a Cadila HealthcareLtd.

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