(Asunto C‑294/12
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑294/12

Fecha: 14-May-2013





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 14 de mayo de 2013—
You‑Q/OAMI

(Asunto C‑294/12P)

«Recurso de casación— Marca comunitaria— Marca figurativa que contiene el elemento verbal “BEATLE”— Oposición del titular de las marcas denominativas y figurativas comunitarias y nacionales que contienen los elementos verbales “BEATLES” y “THE BEATLES”— Denegación de registro por la Sala de Recurso— Artículo8, apartado5, del Reglamento (CE) nº40/94»

1.Recurso de casación— Motivos— Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas— Inadmisibilidad— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas— Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art.256TFUE, ap.1; Estatuto del Tribunal de Justicia art.58, párr.1) (véanse los apartados60 y64)

2.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar que goza de notoriedad— Protección de la marca anterior notoria ampliada a productos o servicios no similares— Requisitos [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.8, ap.5] (véanse los apartados 68 y69)

Objeto

Recuso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 29 de marzo de 2012, You‑Q/OAMI— Apple Corps (Beatle) (T‑369/10), que desestimó un recurso de anulación interpuesto por el solicitante de la marca figurativa que contiene el elemento verbal «BEATLE», para productos de la clase 12, contra la resolución R1276/2009‑2 de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), de 31 de mayo de 2010, que anuló la resolución de la División de Oposición que había desestimado la oposición formulada por el titular de las marcas denominativas y figurativas comunitarias y nacionales que contienen los elementos verbales «BEATLES» y «THE BEATLES» para productos de las clases 6, 9, 14, 15, 16, 18, 20, 21, 24, 25, 26, 27, 28, 34 y41.

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas You‑QBV.

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