Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 6 de mayo de 2013— Kieffer Omnitec/Comisión
(Asunto T‑288/11)
«Contratos públicos de servicios— Procedimiento de licitación— Mantenimiento de las instalaciones de calefacción, ventilación y aire acondicionado, de extinción de incendios e hidrosanitarias del edificio Joseph‑Bech en Luxemburgo— Rechazo de la propuesta del licitador— Igualdad de trato— Transparencia— Proporcionalidad— Error manifiesto de apreciación— Obligación de motivación»
1.Contratos públicos de la Unión Europea— Procedimiento de licitación— Contratos públicos celebrados por las instituciones de la Unión— Inaplicabilidad de las Directivas relativas a la celebración de contratos públicos de obras, de suministros y de servicios por las instituciones de los Estados miembros— Excepción— Cuestiones relativas a los umbrales que determinan las formas de publicación, la selección de los procedimientos y los plazos correspondientes [Reglamento (CE) nº1605/2002 del Consejo, art.105] (véase el apartado23)
2.Contratos públicos de la Unión Europea— Procedimiento de licitación— Obligación de respetar el principio de igualdad de trato de los licitadores— Necesidad de garantizar la igualdad de oportunidades y de atenerse al principio de transparencia— Criterios previstos por el pliego de condiciones— Carácter claro, preciso y unívoco— Carácter proporcionado [Reglamento (CE) nº1605/2002 del Consejo, arts.89, ap.1, y 92] (véanse los apartados 25 a 29, 34y41)
3.Contratos públicos de la Unión Europea— Celebración de un contrato mediante licitación— Facultad de apreciación de las instituciones— Control jurisdiccional— Límites (véanse los apartados 46y47)
4.Procedimiento judicial— Alegación de motivos nuevos en el curso del proceso— Motivo formulado por primera vez en la fase de réplica— Inadmisibilidad (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.48, ap.2) (véase el apartado72)
5.Actos de las instituciones— Motivación— Obligación— Alcance— Decisión de descartar una oferta en un procedimiento de adjudicación de un contrato público de servicios— Apreciación en función de la información de la que el demandante dispone al interponer el recurso [Art.296TFUE; Reglamento (CE) nº1605/2002 del Consejo, art.100, ap.2; Reglamento (CE) nº2342/2002 de la Comisión, art.149, ap.3, letraa)] (véanse los apartados 79a84)
Objeto
Recurso de anulación de la Decisión de la Comisión, de 1 de abril de 2011, por la que se rechaza la oferta presentada por la demandante en el marco del procedimiento de licitación relativo a la conclusión de un contrato de mantenimiento de las instalaciones de calefacción, ventilación y aire acondicionado, de extinción de incendios e hidrosanitarias del edificio Joseph Bech en Luxemburgo (DO 2010/S241367523) y se adjudica el contrato a otro licitador. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a A+P Kieffer OmnitecSàrl. |