(Asunto T‑356/11
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑356/11

Fecha: 16-May-2013





Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 16 de mayo de 2013— Restoin/OAMI (EQUIPMENT)

(Asunto T‑356/11)

«Marca comunitaria— Solicitud de marca comunitaria denominativa EQUIPMENT— Motivo de denegación absoluto— Falta de carácter distintivo— Artículo 7, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009— Obligación de motivación— Artículo 75 del Reglamento nº207/2009»

1.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación absolutos— Examen separado de los motivos de denegación en relación con cada uno de los productos o servicios objeto de la solicitud de registro— Obligación de motivación de la denegación de registro— Alcance [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, arts.7, ap.1, y 75] (véase el apartado18)

2.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación absolutos— Marcas carentes de carácter distintivo— Concepto [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.7, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 37 y38)

3.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación absolutos— Marcas carentes de carácter distintivo— Marca denominativa EQUIPMENT [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.7, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 45y46)

4.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación absolutos— Examen por separado de los distintos motivos de denegación— Superposición de los ámbitos de aplicación de los motivos enunciados en las letrasb) a d) del artículo7, apartado1, del Reglamento (CE) nº207/2009 [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.7, ap.1] (véase el apartado53)

5.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Apreciación del carácter registrable de un signo— Consideración únicamente de la normativa comunitaria— Registro anterior de la marca en determinados Estados miembros o países terceros— Decisiones no vinculantes para las instancias comunitarias [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo] (véase el apartado74)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 14 de abril de 2011 (asunto R1430/2010-4) relativa a una solicitud de registro del signo verbal EQUIPMENT como marca comunitaria.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Sr.Christian Restoin.

Vista, DOCUMENTO COMPLETO