Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 3 de julio de 2013— GRE/OAMI— Villiger Söhne (LIBERTE brunes)
(Asunto T‑78/12)
«Marca comunitaria— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca comunitaria figurativa LIBERTE brunes— Marcas comunitarias denominativa y figurativa anteriores La LIBERTAD— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009»
1.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Apreciación del riesgo de confusión— Criterios [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 19 a 21 y46)
2.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marca figurativa LIBERTE brunes y marcas denominativa y figurativa La LIBERTAD [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 23, 25, 34, 39, 45 y48)
3.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre los productos o servicios de que se trata— Criterios de apreciación— Carácter complementario de los productos [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado24)
4.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación— Marca compuesta [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 26 y27)
5.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Escaso carácter distintivo de la marca anterior— Relevancia [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado52)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 1 de diciembre de 2011 (asunto R2109/2010-1) relativa a un procedimiento de oposición entre Villiger Söhne GmbH y GRE Grand River Enterprises DeutschlandGmbH. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a GRE Grand River Enterprises DeutschlandGmbH. |