
Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta)
de 12 de septiembre de 2013—
Italia/Comisión
(Asunto T‑164/08)
«Régimen lingüístico— Convocatoria de oposición general para la selección de médicos— Publicación íntegra en tres lenguas oficiales— Información relativa a la convocatoria de oposición general— Publicación en todas las lenguas oficiales— Lengua de las pruebas— Elección de la segunda lenguaentre tres lenguas oficiales»
1.Funcionarios— Oposición— Convocatoria de oposición general— Publicación íntegra en el Diario Oficial únicamente en algunas lenguas oficiales y aviso sucinto en todas las lenguas— Improcedencia— Discriminación por razón de la lengua— Vulneración del principio de proporcionalidad (Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.21; Estatuto de los Funcionarios, art.1quinquies, aps.1 y 6; anexoIII, art.1, ap.2; Reglamento nº1 del Consejo, art.5) (véanse los apartados 24 a30)
2.Funcionarios— Oposición— Celebración de una oposición general— Lenguas de participación en las pruebas— Igualdad de trato— Exigencia de conocimientos lingüísticos específicos— Motivación— Justificación habida cuenta del interés del servicio— Respeto del principio de proporcionalidad [Estatuto de los Funcionarios, arts.1quinquies, aps.1 y 6, 27, párr.1, y 28, letraf); anexoIII, art.1, ap.1, letraf); Reglamento nº1 del Consejo, art.1] (véanse los apartados 35 a41)
3.Recursos de funcionarios— Sentencia anulatoria— Efectos— Anulación de una convocatoria de oposición general— Confianza legítima de los candidatos seleccionados— No cuestionamiento de los resultados de la oposición (Art.266TFUE; Estatuto de los Funcionarios, art.91) (véanse los apartados 50 y51)
Objeto
Recurso de anulación de la convocatoria de oposición general EPSO/AD/125/08 (AD7 y AD9), para la constitución de una lista de reserva para la contratación de médicos, publicada en las versiones alemana, inglesa y francesa del | Diario Oficial de la Unión Europea | de 21 de febrero de 2008 (DO C48A, p.1). |
Fallo
1) |
| Anular la convocatoria de oposición general EPSO/AD/125/08 (AD7 y AD9), para la constitución de una lista de reserva para la contratación de médicos, publicada en las versiones alemana, inglesa y francesa del Diario Oficial de la Unión Europea de 21 de febrero de2008. |
2) |
| El Reino de España, la República Italiana y la Comisión Europea cargarán con sus propias costas. |