Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta)
de 16 de septiembre de 2013—
Oro Clean Chemie/OAMI— Merz Pharma (PROSEPT)
(Asunto T‑284/12)
«Marca comunitaria— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca comunitaria denominativa PROSEPT— Marca nacional denominativa anterior Pursept— Motivo relativo de denegación— Riesgo de confusión— Similitud entre los signos— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009— Derecho de defensa— Artículo 75 del Reglamento nº207/2009»
1.Marca comunitaria— Normas de procedimiento— Examen de oficio de los hechos— Procedimiento de oposición— Examen limitado a los motivos invocados— Obligación de la Oficina de aceptar los argumentos invocados por una parte que no han sido rebatidos por la otra parte— Inexistencia [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.76, ap.1] (véase el apartado17)
2.Marca comunitaria— Normas de procedimiento— Resoluciones de la Oficina— Respeto del derecho de defensa— Alcance del principio [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.75, segunda frase] (véase el apartado26)
3.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Apreciación del riesgo de confusión— Criterios [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 35 y64)
4.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marcas verbales PROSEPT y Pursept [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 46, 63 y 65a67)
5.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Escaso carácter distintivo de la marca anterior— Incidencia [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado69)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI el 29 de marzo de 2012 (asunto R1053/2011-1) relativa a un procedimiento de oposición entre Merz Pharma GmbH & KGaA y Oro Clean ChemieAG. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a Oro Clean ChemieAG. |