(Asunto T‑338/09
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑338/09

Fecha: 16-Sep-2013





Sentencia del Tribunal General (Sala Primera)
de 16 de septiembre de 2013—

Müller-Boré & Partner/OAMI— Popp y otros(MBP)

(Asunto T‑338/09)

«Marca comunitaria— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca comunitaria denominativa MBP— Marca comunitaria denominativa anterior ip_law@mbp.— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009]— Signo nacional utilizado en el tráfico mercantil mbp.de— Artículo 8, apartado 4,del Reglamento nº40/94 (actualmente artículo 8, apartado 4, delReglamento nº207/2009)»

1.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Apreciación del riesgo de confusión— Criterios [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 29, 30, 80 y81)

2.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Apreciación del riesgo de confusión— Nivel de atención del público [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado32)

3.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marcas denominativas MBP e ip_law@mbp. [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 36, 37, 61, 77 y 82a84)

4.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación— Marca compuesta [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 44 a48)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 23 de junio de 2009 (asunto R1176/2007-4) relativa a un procedimiento de oposición entre, por una parte, Eugen Popp, Wolf E.Sajda, Johannes Bohnenberger y Volkmar Kruspig, y, por otra parte, Müller-Boré & Partner Patentanwälte, Rechtsanwälte.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Müller-Boré & Partner Patentanwälte, Rechtsanwälte.

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