(Asunto C‑348/13
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑348/13

Fecha: 21-Oct-2014





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 21 de octubre de 2014—
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(Asunto C‑348/13)1(1)

«Procedimiento prejudicial— Aproximación de las legislaciones— Derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor— Directiva 2001/29/CE— Sociedad de la información— Armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y de los derechos afines a los derechos de autor— Artículo 3, apartado1— Comunicación al público— Concepto— Vínculos de Internet que dan acceso a obras protegidas— Utilización de la técnica de «transclusión» («framing»)»

1.Cuestiones prejudiciales— Respuesta que puede deducirse claramente de la jurisprudencia— Aplicación del artículo 99 del Reglamento de Procedimiento (Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.99) (véase el apartado12)

2.Aproximación de las legislaciones— Derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor— Directiva 2001/29/CE— Armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información— Comunicación al público— Concepto— Puesta a disposición del público de un sitio de Internet, enlaces hacia obras libremente disponibles en otro sitio de Internet— Exclusión— Uso de la técnica de la «transclusión» para integrar en el sitio una obra procedente de otro sitio— Irrelevancia (Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, art.3, ap.1) (véanse los apartados 14 a 19 y elfallo)

Fallo

El mero hecho de que una obra protegida, libremente disponible en un sitio de Internet, se inserte en otro sitio de Internet por medio de un enlace utilizando la técnica de la «transclusión» («framing»), tal como se utiliza en el litigio principal, no puede calificarse de «comunicación al público» en el sentido del artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, en la medida en que la obra de que se trate no se comunica a un público nuevo, ni la comunicación se produce utilizando un medio técnico específico diferente del medio de la comunicación de origen.


1DO C325, de 9.11.2013.

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