Sentencia del Tribunal General (Sala Novena) de 1 de octubre de 2014—
Lausitzer Früchteverarbeitung/OAMI— Rivella International (holzmichel)
(Asunto T‑263/13)
«Marca comunitaria— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca comunitaria figurativa holzmichel— Marcas internacionales figurativas anteriores Michel y Michel POWER— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009»
1.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 19, 20 y85)
2.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación— Marca formada mediante la yuxtaposición de un elemento y de otra marca [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 25 a 27, 33, 39, 40, 53, 62 y63)
3.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Coexistencia de marcas anteriores en el mercado— Relevancia [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase al apartado45)
4.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marca figurativa holzmichel y marcas figurativas Michel y Michel POWER [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 86a93)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 21 de febrero de 2013 (asunto R1968/2011-1) relativa a un procedimiento de oposición entre Rivella International AG y Lausitzer FrüchteverarbeitungGmbH. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a Lausitzer FrüchteverarbeitungGmbH. |