(Asunto T‑308/11
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑308/11

Fecha: 16-Oct-2014





Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 16 de octubre de 2014—
Eurallumina/Comisión

(Asunto T‑308/11)

«Ayudas de Estado— Electricidad— Tarifa preferencial— Decisión por la que se declara la ayuda incompatible con el mercado interior— Concepto de ayuda de Estado— Ayuda nueva»

1.Actos de las instituciones— Motivación— Obligación— Alcance— Decisión de la Comisión en materia de ayudas de Estado— Control jurisdiccional (Arts.107TFUE, ap.1, y 296TFUE) (véanse los apartados 32, 43 a 45, 48, 50 y51)

2.Recurso de anulación— Motivos— Falta de motivación o motivación insuficiente— Motivo distinto del que impugna la legalidad en cuanto al fondo (Arts.263TFUE y 296TFUE) (véanse los apartados 33 y36)

3.Ayudas otorgadas por los Estados— Recuperación de una ayuda ilegal— Ayuda concedida infringiendo las normas de procedimiento del artículo 108TFUE— Confianza legítima eventual de los beneficiarios— Inexistencia a no ser que concurran circunstancias excepcionales (Arts.107TFUE, ap.1, y 108TFUE) (véanse los apartados 58 a62)

4.Ayudas otorgadas por los Estados— Concepto— Concesión de una ventaja a los beneficiarios— Criterios de apreciación (Arts.107TFUE, ap.1) (véanse los apartados 66 a71)

5.Ayudas otorgadas por los Estados— Perjuicio para los intercambios entre Estados miembros— Perjuicio para la competencia— Criterios de apreciación (Art.107TFUE, ap.1) (véanse los apartados 72 a80)

6.Ayudas otorgadas por los Estados— Prohibición— Excepciones— Ayudas a las que puede aplicarse la excepción establecida en el artículo 107TFUE, apartado 3, letrac)— Ayuda de funcionamiento— Exclusión [Art.107TFUE, ap.3, letrac); Comunicación 98/C74/06 de la Comisión] (véanse los apartados 84 a86)

7.Derecho de la Unión Europea— Principios— Principio de buena administración— Obligación de diligencia— Procedimiento administrativo (véase el apartado100)

Objeto

Con carácter principal, una pretensión de anulación, por lo que respecta a la demandante, de la Decisión 2011/746/UE de la Comisión, de 23 de febrero de 2011, relativa a las ayudas estatales C38/B/04 (exNN58/04) y C13/06 (exN587/05) ejecutadas por Italia a favor de Portovesme Srl, ILA SpA, Eurallumina SpA y Syndial SpA (DO L309, p.1), con carácter subsidiario, una pretensión de anulación de los artículos 2 y 3 de la citada Decisión, en tanto en la misma se ordena la recuperación de las ayudas que fueron concedidas a la demandante, y, con carácter subsidiario de segundo grado, una pretensión de anulación del artículo 3 de la misma Decisión, siempre en la medida en que afecta a la demandante.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a EuralluminaSpA.

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