Auto del Tribunal General (Sala Primera) de 16 de octubre de 2014—
Tameio Pronoias Prosopikou Trapezis Kyprou/Comisión yBCE
(Asunto T‑328/13)
«Recurso de anulación— Programa de apoyo a la estabilidad de Chipre— Declaración del Eurogrupo relativa a la reestructuración del sector bancario en Chipre— Designación errónea de la parte demandada en el escrito de demanda— Inadmisibilidad»
1.Procedimiento judicial— Escrito de interposición del recurso— Requisitos de forma— Identificación de la parte demandada— Designación como parte demandada, sin error por parte de la demandante, de una persona distinta del autor del acto impugnado— Inadmisibilidad— Límites— Elementos que permiten sin ambigüedad la identificación de la demandada [Art.263TFUE, párr.1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.21; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.44, ap.1, letrab)] (véase el apartado36)
2.Política económica y monetaria— Política monetaria— Coordinación de las políticas monetarias— Reunión informal de los Estados miembros que tienen el euro como moneda en el seno del Eurogrupo— Entidad autónoma— Imputación de las declaraciones adoptadas a la Comisión o al Banco Central Europeo— Exclusión (Art.137TFUE; Protocolo nº14 anejo a los Tratados UE y FUE) (véanse los apartados 39 y 41 a45)
3.Política económica y monetaria— Política económica— Coordinación de las políticas económicas— Mecanismo europeo de estabilidad— Posibilidad de la Comisión y del Banco Central Europeo de ejercer competencias de control— Exclusión (Tratado constitutivo del Mecanismo Europeo de Estabilidad, arts.1, 2 y 32, ap.2) (véanse los apartados 47y48)
4.Recurso de anulación— Actos recurribles— Concepto— Actos que producen efectos jurídicos obligatorios— Apreciación de dichos efectos de acuerdo con la naturaleza del acto— Declaraciones adoptadas por el Eurogrupo— Exclusión (Arts.137TFUE y 263TFUE, ap.1; Protocolo nº14 anejo a los Tratados UE y FUE) (véanse los apartados 51 a 53 y60)
5.Recurso de anulación— Competencia del juez de la Unión— Pretensiones que tienen por objeto obtener una sentencia declarativa— Inadmisibilidad (Art.263TFUE) (véase el apartado64)
Objeto
Pretensión de anulación de la Declaración del Eurogrupo de 25 de marzo de 2013 relativa, en particular, a la reestructuración del sector bancario en Chipre. |
Fallo
1) |
| Declarar la inadmisibilidad del recurso. |
2) |
| Condenar a Tameio Pronoias Prosopikou Trapezis Kyprou a cargar, además de con sus propias costas, con las de la Comisión Europea y el Banco Central Europeo(BCE). |