(Asunto C‑190/14
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑190/14

Fecha: 06-Nov-2014





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava)
de 6 de noviembre de 2014— Comisión/Dinamarca

(Asunto C‑190/14)1(1)

«Incumplimiento de Estado— Directiva 2000/60/CE— Política de la Unión Europea en materia de aguas— Planes hidrológicos de cuenca— Publicación— Ausencia de notificación a la Comisión Europea»

1.Recurso por incumplimiento— Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia— Situación que debe considerarse— Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.258TFUE; Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, arts.13, aps.1, 2 y 6, y 15, ap.1) (véase el apartado15)

2.Estados miembros— Obligaciones— Ejecución de las directivas— Incumplimiento— Justificación basada en el ordenamiento jurídico interno— Improcedencia (Art.258TFUE) (véanse los apartados 16 y19)

Fallo

1)

Declarar que el Reino de Dinamarca ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 13, apartados 1, 2 y 6, y 15, apartado 1, de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas, al no haber publicado los planes hidrológicos de cuenca definitivos hasta el 22 de diciembre de 2009 y al no haber comunicado una copia de dichos planes a la Comisión Europea hasta el 22 de marzo de2010.

2)

Condenar en costas al Reino de Dinamarca.


1DO C223, de 14.7.2014.

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