(Asunto C‑259/14
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑259/14

Fecha: 04-Dic-2014





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 4 de diciembre de 2014—
ADR Center/Comisión

(Asunto C‑259/14P)

«Recurso de casación— Contratos relativos a proyectos relativos al procedimiento de mediación— Decisión de proceder a la recuperación de una parte de los anticipos abonados a la sociedad recurrente como consecuencia de una auditoría— Inadmisibilidad del recurso— Representación en juicio— Abogado que no tiene la condición de tercero respecto de la recurrente»

1.Recurso de casación— Motivos— Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas— Inadmisibilidad— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas— Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véanse los apartados 17 a 21, 40 y41)

2.Procedimiento judicial— Escrito de interposición del recurso— Requisitos de forma— Requisitos relativos al firmante— Calidad de tercero respecto a las partes— Sociedad recurrente representada por el presidente de su consejo de administración— Incumplimiento del requisito de independencia (Estatuto del Tribunal de Justicia, art.19, párrs.3 y4) (véanse los apartados 23 a28)

3.Procedimiento judicial— Escrito de interposición del recurso— Requisitos de forma— Requisitos relativos al firmante— Calidad de tercero respecto a las partes— Interpretación autónoma (Estatuto del Tribunal de Justicia, art.19, párrs.3 y4) (véanse los apartados 34 a36)

4.Recurso de casación— Motivos— Mera repetición de los motivos y alegaciones formulados ante el Tribunal General— No determinación del error de Derecho invocado— Inadmisibilidad [Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.112, ap.1, letrac)] (véanse los apartados 42 a44)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

ADR Center Srl cargará con sus propias costas.

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