(Asunto T‑173/13
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑173/13

Fecha: 12-Dic-2014





Sentencia del Tribunal General (Sala Novena) de 12 de diciembre de 2014— SeloMedical/OHMI— biosyn Arzneimittel (SELOGYN)

(Asunto T‑173/13)

« Marca comunitaria— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca comunitaria denominativa SELOGYN— Marca nacional denominativa anterior SELESYN— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009— Denegación de registro»

1.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 14, 15 y71)

2.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Apreciación del riesgo de confusión— Determinación del público pertinente [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado23)

3.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Apreciación del riesgo de confusión— Nivel de atención del público— Productos farmacéuticos [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado25)

4.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre los productos de que se trata— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 31 y34)

5.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado41)

6.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Coexistencia de marcas anteriores— Reconocimiento de un cierto grado de carácter distintivo de una marca nacional [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, arts.7, ap.1, letrab), 8, aps.1, letrab), y 2, letraa), incisoii)] (véase el apartado66)

7.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marcas denominativas SELOGYN y SELESYN [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 72 y 74 a78)

Objeto

Recurso de anulación interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 21 de enero de 2013 (asunto R2601/2011‑4) relativa a un procedimiento de oposición entre biosyn Arzneimittel GmbH y Selo MedicalGmbH.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Selo MedicalGmbH.

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