(Asunto C‑596/12
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑596/12

Fecha: 13-Feb-2014





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 13 de febrero de 2014— Comisión/Italia

(Asunto C‑596/12)

«Incumplimiento de Estado— Despidos colectivos—Concepto de “trabajadores”— Exclusión de los “dirigenti”— Directiva98/59/CE—Artículo1, apartados1 y2— Infracción»

Política social— Aproximación de las legislaciones— Despidos colectivos— Directiva 98/59/CE— Procedimientos de información y consulta de los trabajadores— Concepto de trabajadores— Normativa nacional que excluye la categoría de los «dirigenti» del ámbito de aplicación del procedimiento de consulta— Improcedencia (Directiva 98/59/CE del Consejo, arts.1, aps.1 y 2, y2) (véanse los apartados16, 17 y 21 a 24 y elfallo)

Objeto

Incumplimiento de Estado— Infracción del artículo 1, apartados 1 y 2, de la Directiva 98/59/CE, del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros que se refieren a los despidos colectivos (DO L225, p.16)— Ámbito de aplicación— Concepto de trabajadores— Inclusión de los directivos en este concepto.

Fallo

1)

Declarar que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 1, apartados 1 y 2, de la Directiva 98/59/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros que se refieren a los despidos colectivos, al haber excluido la categoría de los «dirigenti» del ámbito de aplicación del procedimiento de movilidad previsto en el artículo 2 de dicha Directiva mediante el artículo 4, apartado 9, de la Ley nº223, relativa a las normas en materia de paro técnico, movilidad, subsidios de desempleo, aplicación de las Directivas comunitarias, colocación de mano de obra y otras disposiciones relativas al mercado de trabajo (legge n.223— Norme in materia di cassa integrazione, mobilitá, trattamenti di disoccupazione, attuazione di direttive della Comunitá europea, avviamento al lavoro ed altre disposizioni in materia di mercato del lavoro), de 23 de julio de1991.

2)

Condenar en costas a la República Italiana.

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