(Asunto T‑25/13
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑25/13

Fecha: 27-Feb-2014





Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima)
de 27 de febrero de 2014—

Mäurer & Wirtz/OAMI— Sacra (4711 Aqua Mirabilis)

(Asunto T‑25/13)

«Marca comunitaria— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca comunitaria denominativa 4711 Aqua Mirabilis— Marca comunitaria denominativa anterior AQUA ADMIRABILIS— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Carácter distintivo de la marca anterior— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009»

1.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 15 y16)

2.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos
o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior—
Marcas denominativas 4711 Aqua Mirabilis y AQUA ADMIRABILIS [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados17, 25 a 33 y39)

3.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 22 a24)

4.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Escaso carácter distintivo de la marca anterior— Incidencia [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado38)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 13 de noviembre de 2012 (asunto R1601/2011-2) relativa a un procedimiento de oposición entre Sacra Srl y Mäurer & Wirtz GmbH & Co.KG.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Mäurer & Wirtz GmbH & Co.KG.

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