(Asunto T‑263/12
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑263/12

Fecha: 14-Abr-2014





Auto del Tribunal General (Sala Primera) de 14 de abril de 2014—Manufacturing Support & Procurement Kala Naft/Consejo

(Asunto T‑263/12)

«Política exterior y de seguridad común— Medidas restrictivas adoptadas contra Irán con el fin de impedir la proliferación nuclear— Congelación de fondos— Fuerza de cosa juzgada— Obligación de motivación— Obligación de comunicación individual— Derecho de defensa— Derecho a una tutela judicial efectiva— Derecho de propiedad— Proporcionalidad— Competencia del Consejo— Desviación de poder— Error de Derecho— Concepto de apoyo a la proliferación nuclear— Error de apreciación— Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno»

1.Derecho de la Unión Europea— Derechos fundamentales— Ámbito de aplicación personal— Personas jurídicas que constituyen emanaciones de Estados terceros— Inclusión— Responsabilidad del Estado tercero en cuanto al respeto de los derechos fundamentales en su propio territorio— Irrelevancia (Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea) (véanse los apartados 27 a32)

2.Procedimiento judicial— Fuerza de cosa juzgada— Alcance (véanse los apartados 36 y37)

3.Política exterior y de seguridad común— Medidas restrictivas contra Irán— Base jurídica— Medidas restrictivas previstas por una decisión adoptada sobre la base del artículo 215TFUE— Competencia del Consejo para adoptar medidas restrictivas de congelación de fondos autónomas y distintas de las recomendadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas [Art.215TFUE; Reglamento (UE) nº267/2012 del Consejo] (véanse los apartados 59 y60)

4.Política exterior y de seguridad común— Medidas restrictivas contra Irán— Congelación de los fondos de personas, entidades u organismos que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma— Apoyo a las actividades nucleares de Irán que planteen un riesgo de proliferación— Concepto— Comercialización de equipos y tecnología clave destinados a la industria del gas y del petróleo— Inclusión [Reglamento (UE) nº267/2012 del Consejo, art.23, ap.2, letraa); Decisión 2010/413/PESC del Consejo] (véanse los apartados 69 y75)

Objeto

Anulación parcial del Reglamento (UE) nº267/2012 del Consejo, de 23 de marzo de 2012, relativo a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº961/2010.

Fallo

1)

Desestimar el recurso por carecer manifiestamente de fundamento jurídico alguno.

2)

Manufacturing Support & Procurement Kala Naft Co., Tehran cargará con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea.

3)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.

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