(Asunto C‑28/14
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑28/14

Fecha: 12-Jun-2014





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 12 de junio de 2014— Pańczyk

(Asunto C‑28/14)

«Procedimiento prejudicial— Artículo53, apartado2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Aplicación del Derecho de la Unión— Inexistencia— Incompetencia manifiesta del Tribunal de Justicia»

Cuestiones prejudiciales— Competencia del Tribunal de Justicia— Límites— Demanda de interpretación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión— Objeto del litigio nacional que no presenta ningún elemento de vinculación con el Derecho de la Unión— Incompetencia manifiesta del Tribunal de Justicia (Art.6TUE, ap.1; art.267TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.51, aps.1 y 2; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.53, ap.2) (véanse los apartados19 a 21, 23, 24, 27 y 28 y elfallo)

Objeto

Petición de decisión prejudicial— Sąd Okręgowy w Częstochowie— Interpretación de los artículos 2TUE, 4TUE, párrafo tercero, y 6TUE, así como de los artículos 1, 17, 20, 21 y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Principios generales del Derecho de la Unión— Tradiciones constitucionales de los Estados miembros— Régimen especial de jubilación de los funcionarios— Normativa de cálculo de la pensión de los antiguos miembros de los servicios de seguridad del antiguo régimen comunista— Reducción de la cuantía de las prestaciones— Presunción de que los interesados participaron en la actividad criminal de los servicios en cuestión— Obligación de que los interesados aporten la prueba de haber actuado en concierto con la resistencia al régimen comunista— Trato menos favorable del período en cuestión con respecto a un funcionario condenado por una infracción cometida en relación con sus actividades oficiales— Trato menos favorable del período de trabajo en el seno de los servicios de que se trata con respecto al período de cotización al régimen general de pensiones.

Fallo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a las cuestiones planteadas por el Sąd Okręgowy w Częstochowie (Polonia), mediante resolución de 20 de diciembre de 2013 en el asunto C‑28/14.

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