Asunto C‑360/13
Public Relations Consultants Association Ltd
contra
Newspaper Licensing Agency Ltd y otros
(Petición de decisión prejudicial
planteada por la Supreme Court of the United Kingdom)
«Derechos de autor— Sociedad de la información— Directiva 2001/29/CE— Artículo 5, apartados 1 y 5— Reproducción— Excepciones y limitaciones— Realización de copias de un sitio de Internet en pantalla y en la caché del disco duro durante la navegación en Internet— Acto de reproducción provisional— Acto transitorio o accesorio— Parte integrante y esencial de un proceso tecnológico— Uso lícito— Significación económica independiente»
Sumario— Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 5 de junio de2014
Aproximación de las legislaciones— Derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor— Directiva 2001/29/CE— Armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información— Derecho de reproducción— Excepciones y limitaciones— Realización de copias en pantalla y en la caché del disco duro de un ordenador al consultar un sitio de Internet— Inclusión
(Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, arts.3, ap.1, y5)
El artículo 5 de la Directiva 2001/29, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, debe interpretarse en el sentido de que las copias en la pantalla del ordenador del usuario y las copias en la «caché» del disco duro de dicho ordenador, efectuadas por un usuario final durante la consulta de un sitio de Internet, cumplen los requisitos con arreglo a los cuales estas copias deben ser provisionales, tener carácter transitorio o accesorio y formar parte integrante y esencial de un proceso tecnológico, así como los requisitos establecidos en el artículo 5, apartado 5, de dicha Directiva, y, por lo tanto, pueden realizarse sin autorización de los titulares de derechos de autor.
En efecto, toda vez que las copias en pantalla y las copias en caché sólo se realizan al objeto de consultar sitios de Internet, constituyen por este motivo un caso concreto, en el sentido del artículo 5, apartado 5, de la Directiva 2001/29. A este respecto, los intereses legítimos de los titulares de los derechos de autor afectados están correctamente protegidos, porque los editores de los sitios de Internet, que están obligados, con arreglo al artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29, a obtener autorización de los titulares de los derechos de autor de que se trate, son quienes ponen las obras a disposición de los internautas, ya que esta puesta a disposición constituye una comunicación al público, en el sentido de este artículo.
(véanse los apartados 55, 57, 58 y 63 y elfallo)