(Asunto T‑179/14
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑179/14

Fecha: 10-Jun-2014





Auto del Presidente del Tribunal General de 10 de junio de 2014—
Schmiedewerke Gröditz/Comisión

(Asunto T‑179/14R)

«Procedimiento sobre medidas provisionales— Ayudas de Estado— Promoción nacional de la producción de energía eléctrica de origen renovable— Decisión de la Comisión de incoar el procedimiento de investigación formal en materia de ayudas de Estado— Demanda de suspensión de la ejecución— Urgencia— Fumus boni iuris»

1.Procedimiento sobre medidas provisionales— Suspensión de la ejecución— Requisitos para su concesión— Urgencia— Perjuicio grave e irreparable— Carga de la prueba— Perjuicio económico— Situación que podría poner en peligro la existencia de la sociedad demandante— Apreciación a la vista de la situación del grupo al que pertenece la empresa y su accionariado— Interés público en la ejecución de las resoluciones adoptadas por las instituciones de la Unión que excede el interés particular de las sociedades que forman parte del grupo de pertenencia— Incapacidad jurídica del grupo de pertinencia para aportar un apoyo financiero— Inexistencia (Art.278TFUE) (véanse los apartados 18 a 21 y 27 a33)

2.Procedimiento sobre medidas provisionales— Requisitos de admisibilidad— Demanda— Requisitos de forma— Exposición de los motivos que justifiquen a primera vista la concesión de las medidas solicitadas— Presentación de un escrito complementario para subsanar las deficiencias— Incompatibilidad con el procedimiento sobre medidas provisionales (Arts.278TFUE y 279TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, arts.104, ap.2, y 109) (véanse los apartados 22 a24)

3.Procedimiento sobre medidas provisionales— Suspensión de la ejecución— Requisitos para su concesión— Fumus boni iuris— Examen prima facie de los motivos invocados en apoyo del recurso principal— Recurso interpuesto contra una decisión de la Comisión de incoar un procedimiento formal de investigación de una medida estatal calificada provisionalmente como ayuda nueva— Incumplimiento de la obligación de motivación— Ausencia a primera vista [Arts.108TFUE, ap.2, 278TFUE y 296TFUE, ap.2; Reglamento (CE) nº659/1999 del Consejo, art.6, ap.1] (véanse los apartados 38 y39)

4.Procedimiento sobre medidas provisionales— Suspensión de la ejecución— Requisitos para su concesión— Fumus boni iuris— Examen prima facie de los motivos invocados en apoyo del recurso principal— Recurso interpuesto contra una decisión de la Comisión de incoar un procedimiento formal de investigación de una medida estatal calificada provisionalmente de ayuda nueva— Serias dudas sobre la ausencia de ayuda de Estado incompatible con el mercado común— Control jurisdiccional— Necesidad de que el demandante demuestre la existencia de un error manifiesto de apreciación [Arts.108TFUE, ap.2, y 278TFUE; Reglamento (CE) nº659/1999 del Consejo, arts.6 y 7] (véanse los apartados 44 a50)

5.Procedimiento sobre medidas provisionales— Suspensión de la ejecución— Requisitos para su concesión— Fumus boni iuris— Examen prima facie de los motivos invocados en apoyo del recurso principal— Recurso interpuesto contra una decisión de la Comisión de incoar un procedimiento formal de investigación de una medida estatal calificada provisionalmente de ayuda nueva— Medida que establece, para los grandes consumidores de energía, el tope máximo de la deducción del consumo eléctrico— Calificación provisional como medida que tiene carácter selectivo— Error manifiesto de apreciación de la Comisión— Ausencia a primera vista (Arts.107TFUE, ap.1, 108TFUE, ap.2, y 278TFUE) (véanse los apartados 56 y57)

6.Procedimiento sobre medidas provisionales— Suspensión de la ejecución— Requisitos para su concesión— Fumus boni iuris— Examen prima facie de los motivos invocados en apoyo del recurso principal— Recurso interpuesto contra una decisión de la Comisión de incoar un procedimiento formal de investigación de una medida estatal calificada provisionalmente de ayuda nueva— Medida destinada a compensar las desventajas estructurales que afectas a las empresas establecidas en un Estado miembro— Calificación provisional como medida que concede una ventaja y que puede afectar al comercio entre los Estados miembros— Error manifiesto de apreciación de la Comisión— Ausencia a primera vista (Arts.107TFUE, ap.1, 108TFUE, ap.2, y 278TFUE) (véanse los apartados 58 a63)

7.Procedimiento sobre medidas provisionales— Suspensión de la ejecución— Requisitos para su concesión— Fumus boni iuris— Examen prima facie de los motivos invocados en apoyo del recurso principal— Recurso interpuesto contra una decisión de la Comisión de incoar un procedimiento formal de investigación de una medida estatal calificada provisionalmente de ayuda nueva— Medida que establece, para los grandes consumidores de energía, el tope máximo de la deducción del consumo eléctrico— Recuperación de la deducción dejada a la discreción de las empresas privadas proveedoras de electricidad— Calificación provisional de medida que concede una ventaja imputable al Estado— Error manifiesto de apreciación de la Comisión— Ausencia a primera vista (Arts.107TFUE, ap.1, 108TFUE, ap.2, y 278TFUE) (véanse los apartados 69 a77)

Objeto

Demanda de suspensión de los efectos jurídicos de la decisión por la que la Comisión incoó un procedimiento de investigación formal en materia de ayudas de Estado relativas a la Ley alemana de energías renovables.

Fallo

1)

Desestimar la demanda de medidas provisionales.

2)

Anular la resolución de 7 de abril de 2014, Schmiedewerke Gröditz/Comisión (T‑179/14R).

3)

Reservar la decisión sobre las costas.

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