(Asunto T‑352/12
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑352/12

Fecha: 13-Jun-2014





Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 13 de junio de 2014— Grupo Flexi de León/OAMI (FLEXI)

(Asunto T‑352/12)

«Marca comunitaria— Solicitud de marca comunitaria denominativa FLEXI— Motivos de denegación absolutos— Carácter descriptivo— Artículo 7, apartado 1, letrac), del Reglamento (CE) nº207/2009»

1.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto— Marca denominativa FLEXI [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)] (véanse los apartados 18 a 24 y30)

2.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Apreciación por la Oficina del carácter registrable— Aportación de pruebas— Inexistencia de necesidad [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)] (véase el apartado26)

3.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Concepto [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)] (véase el apartado29)

4.Marca comunitaria— Resoluciones de la Oficina— Principio de igualdad de trato— Principio de legalidad— Práctica decisoria anterior de la Oficina— Relevancia (véanse los apartados 32 y33)

5.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Registro anterior de la marca en determinados Estados miembros— Relevancia (véase el apartado35)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 4 de mayo de 2012 (asunto R1335/2011‑2) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo FLEXI como marca comunitaria.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Grupo Flexi de León SA deCV.

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