Auto del Tribunal General (Sala Séptima) de 5 de junio de 2014— Stanleybet Malta y Stanley International Betting/Comisión
(Asunto T‑416/13)
«Recurso de anulación— Competencia— Explotación de máquinas de lotería por vídeo— Concesión de licencia exclusiva por parte de Grecia— Decisión desestimatoria de una denuncia— Acto no recurrible— Inadmisibilidad»
1.Recurso de anulación— Actos recurribles— Negativa de la Comisión a proseguir el examen de una denuncia por la que se insta su actuación en virtud del artículo 106TFUE, apartado 3— Exclusión— Inadmisibilidad (Arts.106TFUE, ap.3, y 263TFUE, párr.4) (véanse los apartados 19a22)
2.Competencia— Empresas que disfrutan de derechos especiales o exclusivos concedidos por los Estados miembros— Licencia exclusiva para la explotación de máquinas de lotería por vídeo— Utilización del artículo 106TFUE para combatir comportamientos contrarios a la competencia que sean resultado de iniciativas de las empresas— Ilegalidad— Base jurídica adecuada— Artículos101TFUE y 102TFUE (Arts.101TFUE, 102TFUE, 106TFUE y 263TFUE, párr.4) (véanse los apartados 24, 25, 30 y 36 a38)
Objeto
Pretensión de anulación de la decisión que se alega figuraba en el escrito de la Comisión de 10 de junio de 2013 mediante el que ésta comunicó a las demandantes la desestimación de su denuncia y el archivo del expediente relativo al asunto COMP/39.981, Stanleybet Group2/OPAP. |
Fallo
1) |
| Desestimar por inadmisible el recurso. |
2) |
| Sobreseer las demandas de intervención de la República Helénica y del Organismos Prognostikon Agonon Podosfairou AE(OPAP). |
3) |
| Stanleybet Malta Ltd y Stanley International Betting Ltd cargarán con sus propias costas y con las causadas por la Comisión Europea. |