(Asunto C‑126/13
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑126/13

Fecha: 10-Jul-2014





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 10 de julio de 2014—
BSH/OAMI

(Asunto C‑126/13P)1(1)

«Recurso de casación— Marca comunitaria— Reglamento (CE) nº207/2009— Artículo 7, apartado 1, letrac)— Carácter descriptivo— Denegación de registro de la marca denominativa ecoDoor— Característica de una parte de un producto»

1.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto— Objetivo— Imperativo de disponibilidad [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)] (véase el apartado19)

2.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto— Concepto [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)] (véanse los apartados 20 a22)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas a BSH Bosch und Siemens Hausgeräte GmbH.


1—DO C164, de 8.6.2013.

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