Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 17 de julio de 2014—
Široká
(Asunto C‑459/13)1(1)
«Procedimiento prejudicial— Protección de la salud pública— Normativa nacional que prevé una obligación de vacunar a los hijos menores— Derecho de los padres a rehusar esa vacunación— Artículo 168TFUE— Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Artículos 33 y 35— Aplicación del Derecho de la Unión— Inexistencia— Incompetencia manifiesta delTribunal de Justicia»
1.Cuestiones prejudiciales— Competencia del Tribunal de Justicia— Límites— Cuestiones que carecen manifiestamente de pertinencia y cuestiones hipotéticas planteadas en un contexto en el que no cabe una respuesta útil— Litigio ficticio o petición de interpretación de disposiciones del Derecho de la Unión manifiestamente inaplicables en el litigio principal— Inaplicabilidad del artículo168TFUE (Arts.168TFUE y 267TFUE) (véanse los apartados 16 y 19 a21)
2.Cuestiones prejudiciales— Competencia del Tribunal de Justicia— Límites— Petición de interpretación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión— Objeto del litigio nacional que carece de punto de conexión alguno con el Derecho de la Unión— Incompetencia del Tribunal de Justicia (Art.6TUE, ap.3; art.267TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts.33, 35 y 51, ap.1) (véanse los apartados 22 a26)
Fallo
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a las cuestiones planteadas por el Najvyšší súd Slovenskej republiky (Eslovaquia), por resolución de 6 de agosto de 2013 en el asunto C‑459/13.
1—DO C344, de 23.11.2013.