(Asunto C‑57/14
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑57/14

Fecha: 14-Ene-2015





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 14 de enero de 2015—
Recaro Holding/OAMI

(Asunto C‑57/14P)(1)

«Recurso de casación— Marca comunitaria— Reglamento (CE) nº207/2009— Artículos15, apartado1, y 51, apartado1, letraa)— Marca denominativa RECARO— Solicitud de caducidad— Desestimación parcial por la Sala de Recurso de laOAMI»

1.Marca comunitaria— Renuncia, caducidad y nulidad— Examen de la solicitud— Prueba del uso de la marca anterior [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.57, aps.2 y3] (véanse los apartados 24 a 28, 32 y33)

2.Recurso de casación— Motivos— Desnaturalización de las pruebas— Inexistencia— Motivo manifiestamente infundado (Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58) (véanse los apartados 29 a31)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Recaro Holding GmbH cargará con sus propias costas.


1DO C127, de 20.4.2015.

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