Auto del Tribunal General (Sala Segunda)
de 7 de enero de 2015— Freitas/Parlamento y Consejo
(Asunto T‑185/14)
«Recurso de anulación— Directiva 2013/55/UE— Directiva 2005/36/CE— Reconocimiento de las cualificaciones profesionales— Exclusión de los notarios nombrados mediante un acto oficial de la Administración del ámbito de aplicación de la Directiva 2005/36— Inexistencia de afectación individual— Inadmisibilidad»
1.Recurso de anulación— Personas físicas o jurídicas— Concepto de acto reglamentario en el sentido del artículo 263TFUE, párrafo cuarto— Cualquier acto de carácter general a excepción de los actos legislativos— Directiva 2013/55/UE por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales— Exclusión (Arts.46TFUE, 53TFUE, ap.1, 62TFUE y 263TFUE, párr.4) (véanse los apartados 24 a29)
2.Recurso de anulación— Personas físicas o jurídicas— Actos que les afectan directa e individualmente— Directiva 2013/55/UE por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales— Exclusión del ámbito de aplicación de la Directiva 2005/36/CE de los notarios nombrados mediante un acto oficial de la Administración— Inexistencia de afectación individual— Inadmisibilidad (Art.263TFUE, párr.4; Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) (véanse los apartados 32 a40)
Objeto
Recurso de anulación del artículo 1, apartado 2, letrab), de la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) nº1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior («Reglamento IMI») (DO L354, p.132). |
Fallo
1) |
| Declarar la inadmisibilidad del recurso. |
2) |
| Sobreseer las demandas de intervención del Reino de España, de la República Francesa, de la República Portuguesa, de Rumanía, de la Comisión Europea, de la Ordem dos Notários y del Conseil national des barreaux. |
3) |
| El Sr.José Freitas cargará con sus propias costas y con las del Parlamento Europeo y las del Consejo de la Unión Europea. |