Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 15 de octubre de 2015— Comisión/Grecia
(Asunto C‑167/14)(1)
«Incumplimiento de Estado— Directiva 91/271/CEE— Tratamiento de las aguas residuales urbanas— Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento— No ejecución— Artículo 260TFUE, apartado 2— Sanciones pecuniarias— Cantidad a tanto alzado y multa coercitiva»
1.Recurso por incumplimiento— Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento— Plazo de ejecución— Fecha de referencia para apreciar la existencia del incumplimiento (Art.260TFUE, ap.2) (véanse los apartados 29 y30)
2.Estados miembros— Obligaciones— Ejecución de las directivas— Incumplimiento— Justificación basada en el ordenamiento jurídico interno— Improcedencia (Art.258TFUE) (véase el apartado35)
3.Recurso por incumplimiento— Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento— Incumplimiento de la obligación de ejecutar la sentencia— Sanciones pecuniarias— Multa coercitiva— Condena al pago— Requisito— Persistencia del incumplimiento hasta el pronunciamiento de la sentencia (Art.260TFUE, ap.2) (véanse los apartados 47 a50)
4.Recurso por incumplimiento— Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento— Incumplimiento de la obligación de ejecutar la sentencia— Sanciones pecuniarias— Multa coercitiva— Determinación de la forma y del importe— Facultad de apreciación del Tribunal de Justicia— Criterios (Arts.258TFUE y 260TFUE, ap.2) (véanse los apartados 51 a60)
5.Recurso por incumplimiento— Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento— Incumplimiento de la obligación de ejecutar la sentencia— Sanciones pecuniarias— Multa coercitiva— Determinación del importe— Multa coercitiva decreciente (Art.260TFUE, ap.2) (véanse los apartados 61 a66)
6.Recurso por incumplimiento— Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento— Incumplimiento de la obligación de ejecutar la sentencia— Sanciones pecuniarias— Multa coercitiva— Cantidad a tanto alzado— Acumulación de ambas sanciones— Procedencia (Art.260TFUE, ap.2) (véase el apartado72)
7.Recurso por incumplimiento— Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento— Incumplimiento de la obligación de ejecutar la sentencia— Sanciones pecuniarias— Imposición del pago de una cantidad a tanto alzado— Facultad de apreciación del Tribunal de Justicia— Criterios de apreciación (Art.260TFUE, ap.2) (véanse los apartados 73 a78)
Fallo
1) |
| Declarar que la República Helénica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 260TFUE, apartado 1, al no haber adoptado todas las medidas necesarias que exige la ejecución de la sentencia Comisión/Grecia (C‑440/06, EU:C:2007:642). |
2) |
| Condenar a la República Helénica a pagar a la Comisión Europea, en la cuenta «Recursos propios de la Unión Europea», a partir del día del pronunciamiento de la presente sentencia y hasta la ejecución de la sentencia Comisión/Grecia (C‑440/06, EU:C:2007:642), en el supuesto de que el incumplimiento declarado en el punto 1 del fallo de la presente sentencia persista dicho día, una multa coercitiva de 3640000euros, por semestre de retraso en la adopción de las medidas necesarias para dar cumplimiento a la sentencia Comisión/Grecia (C‑440/06, EU:C:2007:642), cuyo importe efectivo debe ser calculado al final de cada semestre reduciendo el importe total relativo a cada uno de esos períodos en un porcentaje correspondiente a la proporción que representa el número de equivalente habitante de las aglomeraciones cuyos sistemas colectores y de tratamiento de las aguas residuales urbanas se hayan establecido de conformidad con la sentencia Comisión/Grecia (C‑440/06, EU:C:2007:642), al final de cada período considerado, con respecto al número de equivalente habitante de las aglomeraciones que no dispongan de tales sistemas en el día del pronunciamiento de la presente sentencia. |
3) |
| Condenar a la República Helénica a pagar a la Comisión Europea, en la cuenta «Recursos propios de la Unión Europea», la cantidad a tanto alzado de 10millones deeuros. |
4) |
| Condenar en costas a la República Helénica. |
1DO C261 de 11.8.2014.