Auto del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 29 de octubre de 2015— Voigt/Presidente del Parlamento y Parlamento
(Asunto C‑425/15)
«Recurso de anulación— Artículo 53, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Artículo 54, párrafo segundo, del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea— Negativa a poner a disposición del demandante, un miembro del Parlamento Europeo, locales del Parlamento para recibir en ellos a una delegación formada, en particular, por dos nacionales rusos, para efectuar una conferencia de prensa— Prohibición a los nacionales rusos que figuran en la lista de participantes de una reunión de acceder a los edificios del Parlamento— Incompetencia manifiesta— Devolución al Tribunal General de la Unión Europea»
Procedimiento judicial— Reparto de competencias entre los diferentes órganos jurisdiccionales de la Unión— Recurso de anulación interpuesto por un miembro del Parlamento Europeo contra la negativa de éste a poner a su disposición locales de la institución para recibir en ellos a una delegación formada por nacionales rusos y contra la prohibición a dichos nacionales de acceder a los locales del Parlamento— Incompetencia del Tribunal de Justicia— Devolución al Tribunal General (Art.256TFUE, ap.1, parr.1; Estatuto del Tribunal de Justicia, arts.51 y 54, párr.2; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.53, ap.2) (véanse los apartados 9 a14)
Fallo
1) |
| El Tribunal de Justicia es manifiestamente incompetente para conocer del recurso de anulación interpuesto por el Sr.Udo Voigt el 31 de julio de 2015 (Asunto C‑425/15). |
2) |
| Devolver el asunto C‑425/15 al Tribunal General de la Unión Europea. |
3) |
| Reservar la decisión sobre las costas. |