(Asunto C‑519/14
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑519/14

Fecha: 06-Oct-2015





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 6 de octubre de 2015— Schutzgemeinschaft Milch und Milcherzeugnisse/Comisión

(Asunto C‑519/14P)(1)

«Recurso de casación— Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Agricultura— Reglamento (CE) nº510/2006— Registro de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas— Registro de la denominación “Gouda Holland”— Productores que utilizan el nombre “gouda”— Inexistencia de interés en ejercitar la acción»

1.Recurso de anulación— Personas físicas o jurídicas— Actos que les afectan directa e individualmente— Reglamento relativo a la inscripción de determinadas denominaciones en el Registro de denominaciones de origen protegidas y de indicaciones geográficas protegidas— Protección de la indicación geográfica «Gouda Holland»— Recurso de una agrupación profesional de fabricantes y distribuidores de gouda— Miembros de la asociación que carecen de legitimación activa [Art.263TFUE, párr.4; Reglamento (CE) nº510/2006 del Consejo, art.13, ap.1; Reglamento (UE) nº1122/2010 de la Comisión] (véanse los apartados 21 y22)

2.Recurso de casación— Motivos— Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas— Inadmisibilidad— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas— Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art.256TFUE, ap.1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véase el apartado26)

3.Recurso de casación— Motivos— Motivo dirigido contra un fundamento a mayor abundamiento— Motivo inoperante— Desestimación (véanse los apartados 28 y42)

4.Agricultura— Legislaciones uniformes— Protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios— Reglamento (CE) nº510/2006— Posibilidad de que las personas físicas o jurídicas establecidas o residentes en un Estado miembro formulen ante la Comisión oposición al registro de una indicación geográfica o de una denominación de origen— Inexistencia [Reglamento (CE) nº510/2006 del Consejo, art.7, aps.1 y2] (véanse los apartados 32 a34)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costar a Schutzgemeinschaft Milch und Milcherzeugnissee.V.

3)

El Reino de los Países Bajos y Nederlandse Zuivelorganisatie cargarán con sus propias costas.


1 DO C16 de 19.1.2015.

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