Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta)
de 19 de noviembre de 2015 — Fetim/OAMI
(Asunto C‑190/15P)
«Recurso de casación— Marca comunitaria— Marca figurativa que incluye los elementos denominativos “Solidfloor The professional’s choice”— Oposición del titular de la marca figurativa nacional, del nombre commercial y del nombre de dominio que incluyen los elementos denominativos “SOLID floor”— Denegación de registro por la Sala de Recurso— Riesgo de confusión— Reglamento (CE) nº207/2009— Artículo8, apartado1, letrab)— Carácter escasamente distintivo de la marca anterior»
1.Recurso de casación— Motivos— Apreciación errónea de los hechos— Inadmisibilidad— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos presentados ante el Tribunal General— Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véase el apartado30)
2.Recurso de casación— Motivos— Error de Derecho— No consideración de todos los factores pertinentes para la apreciación del riesgo de confusión, en el sentido del artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009— Admisibilidad (Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véase el apartado37)
3.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Escaso carácter distintivo de la marca anterior— Relevancia [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado40)
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Fetim BV cargará con sus propias costas. |