(Asunto T‑163/15
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑163/15

Fecha: 24-Nov-2015





Auto del Tribunal General (Sala Quinta) de 24 de noviembre de 2015 — DeltaGroupagroalimentare/Comisión

(Asunto T‑163/15)

«Recurso de anulación— Mercado italiano de la carne de las aves de corral— Medidas de apoyo excepcionales para la resolución de problemas específicos relativos al sector de la carne de las aves de corral en Italia— Restituciones a la exportación de la carne de aves de corral con destino a ciertos países africanos— Denegación de la solicitud de medidas excepcionales presentada por la demandante— Acto no susceptible de recurso— Inadmisibilidad»

1.Procedimiento judicial— Obligación del Tribunal General de iniciar la fase oral antes de resolver sobre una excepción de inadmisibilidad— Inexistencia (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.130, ap.1) (véanse los apartados 18 y19)

2.Recurso de anulación— Actos recurribles— Concepto— Actos que producen efectos jurídicos obligatorios— Actos que modifican la situación jurídica del demandante— Escrito de la Comisión por el que se deniega una solicitud de fijación de restituciones a la exportación en el sector de la carne de aves de corral— Exclusión— Inadmisibilidad del recurso del destinatario [Art.263TFUE; Reglamento (UE) nº1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo] (véanse los apartados 25 a 28 y38)

3.Agricultura— Organización común de mercados— Carne de aves de corral— Restituciones a la exportación— Derecho de una persona jurídica de solicitar la adopción de medidas para evitar perturbaciones del mercado o de medidas para resolver problemas específicos— Inexistencia [Reglamento (UE) nº1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, arts.219, ap.1, y 221] (véanse los apartados 29 a37)

Objeto

Recurso de anulación del escrito de la Comisión de 9 de febrero de 2015 [referencia Ares (2015)528512], dirigido en respuesta a la solicitud presentada por la demandante para la adopción de medidas excepcionales de apoyo al mercado de la carne de las aves de corral, con arreglo al artículo 219, apartado 1, o al artículo 221 del Reglamento (UE) nº1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que el derogan los Reglamentos (CEE) nº922/72, (CEE) nº234/79, (CE) nº1037/2001 y (CE) nº1234/2007 (DO L347, p.671).

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Delta Group agroalimentare Srl cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.

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