Auto del Tribunal General (Sala Cuarta) de 10 de noviembre de 2015 — Compagnia Trasporti Pubblici y otros/Comisión
(Asunto T‑187/15)
«Ayudas de Estado— Empresa que explota rutas en autobús en la región de Campania— Compensación por obligaciones de servicio público abonada por las autoridades italianas a raíz de una sentencia del Consiglio di Stato— Decisión de la Comisión por la que se declara la medida incompatible con el mercado interior— Recurso interpuesto por empresas que se encuentran en una situación análoga a la del beneficiario de la ayuda»
1.Recurso de anulación— Personas físicas o jurídicas— Actos que les afectan directa e individualmente— Afectación individual— Decisión de la Comisión por la que se declara la incompatibilidad de una ayuda con el mercado interior— Recurso interpuesto por empresas que se encuentran en una situación análoga a la del beneficiario de la ayuda— Inadmisibilidad (Art.263TFUE, párr.4) (véanse los apartados 18 y 20 a23)
2.Recurso de anulación— Personas físicas o jurídicas— Actos que les afectan directa e individualmente— Afectación individual— Decisión de la Comisión por la que se declara la incompatibilidad de una ayuda con el mercado interior— Recurso de una asociación que representa los intereses colectivos de los justiciables a los que el acto no les afecta individualmente— Asociación que no tiene un interés propio en el ejercicio de la acción— Inadmisibilidad (Arts.108TFUE y 263TFUE, párr.4) (véanse los apartados 24 a26)
3.Recurso de anulación— Personas físicas o jurídicas— Actos que les afectan directa e individualmente— Decisión en materia de ayudas de Estado— Recurso de una asociación encargada de defender los intereses colectivos de empresas— Admisibilidad— Requisitos— Recurso interpuesto paralelamente por un miembro— Inadmisibilidad del recurso de la asociación (Art.263TFUE, párr.4) (véase el apartado27)
4.Recurso de anulación— Personas físicas o jurídicas— Actos que les afectan directa e individualmente— Requisitos acumulativos— Inadmisibilidad del recurso en el supuesto de que no concurra sólo uno de esos requisitos (Art.263TFUE, párr.4) (véase el apartado29)
Objeto
Anulación de la Decisión (UE) 2015/1074 de la Comisión, de 19 de enero de 2015, relativa a la ayuda estatal SA.35842 (2014/C) (ex2012/NN) ejecutada por Italia — Compensación adicional por obligaciones de servicio público en favor de CSTP (DO L179, p.112). |
Fallo
1) |
| Declarar la inadmisibilidad manifiesta del recurso. |
2) |
| Compagnia Trasporti Pubblici SpA, Atap — Azienda Trasporti Automobilistici Pubblici delle Province di Biella e Vercelli SpA, Actv SpA, Ferrovie Appulo Lucane Srl, Asstra Associazione Trasporti y Associazione Nazionale Autotrasporto Viaggiatori (ANAV) cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión Europea. |