Sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 16 de diciembre de 2015 — Deutsche Lufthansa y otros/Comisión
(Asunto T‑46/11)
«Competencia— Prácticas colusorias— Mercado europeo del transporte aéreo de mercancías— Acuerdos y prácticas concertadas sobre diversos elementos de los precios de los servicios de transporte aéreo de mercancías (establecimiento de recargos por combustible y recargos por seguridad y negativa a pagar una comisión sobre los recargos)— Artículo 101TFUE, artículo 53 del Acuerdo EEE y artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad y Suiza sobre el transporte aéreo— Obligación de motivación»
1.Recurso de anulación— Motivos— Vicios sustanciales de forma— Falta de motivación o motivación insuficiente— Examen de oficio por parte del órgano jurisdiccional (Arts.263TFUE y 296TFUE) (véase el apartado29)
2.Actos de las instituciones— Motivación— Obligación— Alcance— Decisión de aplicación de las normas sobre la competencia— Decisión de la Comisión por la que se declara la existencia de una infracción y se impone una multa— Exigencias derivadas del principio de tutela judicial efectiva— Claridad y precisión de la parte dispositiva de la decisión [Arts.101TFUE, ap.1, y 296TFUE; Acuerdo EEE, art.53; Acuerdo CE-Suiza sobre el transporte aéreo, art.8; Reglamento (CE) nº1/2003 del Consejo, arts.2 y 23, ap.5] (véanse los apartados 32 a36)
3.Competencia— Procedimiento administrativo— Decisión de la Comisión por la que se declara la existencia de una infracción— Identificación de las infracciones sancionadas— Identificación de las personas que son objeto de una decisión— Prioridad de la parte dispositiva frente a la motivación [Arts.101TFUE, ap.1, y 296TFUE; Acuerdo EEE, art.53; Acuerdo CE-Suiza sobre el transporte aéreo, art.8; Reglamento (CE) nº1/2003 del Consejo, art.2] (véase el apartado37)
4.Prácticas colusorias— Prohibición— Efecto directo— Derecho de los particulares de solicitar reparación por el perjuicio sufrido— Condiciones de ejercicio— Infracciones que son objeto de una decisión de la Comisión— Carácter vinculante de la decisión para los órganos jurisdiccionales nacionales— Alcance— Importancia de la claridad y precisión de la parte dispositiva de la decisión [Arts.101TFUE, ap.1, y 296TFUE; Acuerdo EEE, art.53; Acuerdo CE-Suiza sobre el transporte aéreo, art.8; Reglamento (CE) nº1/2003 del Consejo, arts.2 y 16, ap.1] (véanse los apartados 38 a44)
5.Prácticas colusorias— Acuerdos y prácticas concertadas que constituyen una infracción única— Empresas a las que puede reprocharse la infracción que consiste en participar en una práctica colusoria global— Criterios— Objetivo único y plan global [Art.101TFUE, ap.1; Acuerdo EEE, art.53; Acuerdo CE-Suiza sobre el transporte aéreo, art.8; Reglamento (CE) nº1/2003 del Consejo, art.2] (véanse los apartados 57 y62)
6.Actos de las instituciones— Motivación— Obligación— Alcance— Decisión de aplicación de las normas sobre la competencia— Decisión de la Comisión por la que se declara la existencia de una infracción y se impone una multa— Contradicciones internas de la decisión— Consecuencias— Anulación— Requisitos— Menoscabo del derecho de defensa de la empresa sancionada— Imposibilidad de que el juez de la Unión ejerza su control [Arts.101TFUE, ap.1, y 296TFUE; Acuerdo EEE, art.53; Acuerdo CE-Suiza sobre el transporte aéreo, art.8; Reglamento (CE) nº1/2003 del Consejo, art.2] (véanse los apartados 60, 76 a 78, 84 y85)
7.Actos de las instituciones— Motivación— Obligación— Alcance— Decisión de aplicación de las normas sobre la competencia— Subsanación de un defecto de motivación en el procedimiento contencioso— Improcedencia [Arts.101TFUE, ap.1, y 296TFUE; Acuerdo EEE, art.53; Acuerdo CE-Suiza sobre el transporte aéreo, art.8; Reglamento (CE) nº1/2003 del Consejo, art.2] (véanse los apartados 82 y83)
Objeto
Pretensión de que se anulen los artículos 1 a 4 de la Decisión C(2010)7694 final de la Comisión, de 9 de noviembre de 2010, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101TFUE, del artículo 53 del Acuerdo EEE y del artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo (Asunto COMP/39258 — Transporte aéreo de mercancías). |
Fallo
1) |
| Anular los artículos 1 a 4 de la Decisión C(2010)7694 final de la Comisión, de 9 de noviembre de 2010, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101TFUE, del artículo 53 del Acuerdo EEE y del artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo (Asunto COMP/39258 — Transporte aéreo de mercancías), en la medida en que se refieren a Deutsche Lufthansa AG, Lufthansa Cargo AG y Swiss International Air LinesAG. |
2) |
| Desestimar el recurso en todo lo demás. |
3) |
| La Comisión Europea cargará con sus propias costas y con las costas en que hayan incurrido Deutsche Lufthansa, Lufthansa Cargo y Swiss International Air Lines. |