(Asunto C‑451/14
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑451/14

Fecha: 05-Feb-2015





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 5 de febrero de 2015— Petrus

(Asunto C‑451/14)

«Procedimiento prejudicial— Artículo 53, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Aplicación del Derecho de la Unión— Inexistencia— Incompetencia manifiesta del Tribunal de Justicia»

1.Cuestiones prejudiciales— Competencia del Tribunal de Justicia— Límites— Interpretación de normas de Derecho internacional que vinculan a los Estados miembros fuera de la esfera del Derecho de la Unión— Exclusión (Art.267TFUE) (véase el apartado15)

2.Cuestiones prejudiciales— Competencia del Tribunal de Justicia— Límites— Solicitud de interpretación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión— Normativa nacional que no constituye una medida de aplicación del Derecho de la Unión— Incompetencia del Tribunal de Justicia (Art.267TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.51, ap.1) (véanse los apartados 17 a19)

Fallo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a la cuestión prejudicial planteada por el Rayonen sad Sofia (Bulgaria).

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