(Asunto T‑78/13
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑78/13

Fecha: 05-Feb-2015





Sentencia del Tribunal General (Sala Octava)
de 5 de febrero de 2015— Red Bull/OAMI—

Sun Mark (BULLDOG)

(Asunto T‑78/13)

«Marca comunitaria— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca comunitaria denominativa BULLDOG— Marcas internacionales y nacionales denominativas anteriores BULL y RED BULL— Motivos de denegación relativos— Riesgo de confusión— Identidad de los productos— Similitud entre los signos— Concepto de similitud conceptual— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009— Artículo 8, apartado 5, del Reglamento nº207/2009»

1.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 21, 22 y56)

2.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marca denominativa BULLDOG— Marcas denominativas BULL y RED BULL [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 24, 54, 60 y61)

3.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 27, 28 y33)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 16 de noviembre de 2012 (asunto R107/2012-2) relativa a un procedimiento de oposición entre Red Bull GmbH y Sun MarkLtd.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Sala Segunda de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 16 de noviembre de 2012 (asunto R107/2012-2) relativa a un procedimiento de oposición entre Red Bull GmbH y Sun MarkLtd.

2)

Declarar la inadmisibilidad de las pretensiones de Red Bull de que se condene a Sun Mark a cargar con las costas.

3)

Condenar en costas a laOAMI.

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