(Asunto T‑85/14
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑85/14

Fecha: 10-Feb-2015





Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda)
de 10 de febrero de 2015— Infocit/OAMI— DIN (DINKOOL)

(Asunto T‑85/14)

«Marca comunitaria— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca comunitaria denominativa DINKOOL— Marca internacional figurativa anterior DIN— Identificador comercial nacional anterior DIN— Motivos de denegación relativos— Riesgo de confusión— Artículo 8, apartado 1, letrab), y artículo 8, apartado 4, del Reglamento (CE) nº207/2009»

1.Marca comunitaria— Observaciones de terceros y oposición— Examen de la oposición— Prueba del uso de la marca anterior— No invocación del motivo basado en la insuficiencia de la prueba del uso efectivo [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.42, ap.2] (véase el apartado21)

2.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marca denominativa DINKOOL y marca figurativa DIN [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 28, 29, 57 y58)

3.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico— Requisitos— Apreciación con arreglo a los criterios fijados por el Derecho nacional que regulan el signo invocado [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.4] (véanse los apartados 62 y63)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 12 de noviembre de 2013 (asunto R1106/2012-2) relativa a un procedimiento de oposición entre DIN — Deutsches Institut für Normung eV e Infocit — Prestação de Serviços, Comércio Geral e Indústria,Lda.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Infocit — Prestação de Serviços, Comércio Geral e Indústria, Lda. cargará, además de con sus propias costas, con las de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)(OAMI).

3)

DIN — Deutsches Institut für Normung eV cargará con sus propias costas.

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