(Asunto T‑581/13
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑581/13

Fecha: 26-Mar-2015





Sentencia del Tribunal General (Sala Novena)
de 26 de marzo de 2015— Royal County of Berkshire Polo Club/OAMI— Lifestyle Equities (Royal County of Berkshire POLOCLUB)

(Asunto T‑581/13)

«Marca comunitaria— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca comunitaria figurativa Royal County of Berkshire POLO CLUB— Marcas comunitarias figurativas anteriores BEVERLY HILLS POLO CLUB— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Obligación de motivación— Artículo 75 del Reglamento (CE) nº207/2009— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento nº207/2009»

1.Marca comunitaria— Normas de procedimiento— Motivación de las resoluciones [Art.296TFUE; Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.75, primera frase] (véanse los apartados 19, 20 y23)

2.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 28, 29 y74)

3.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre los productos o servicios de que se trata— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado36)

4.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 39 a41)

5.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marcas figurativas Royal County of Berkshire POLO CLUB y BEVERLY HILLS POLO CLUB [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 72, 73, 78, 79 y 82 a85)

6.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Ponderación de las similitudes y diferencias entre los signos— Consideración de las características intrínsecas de los signos o de las condiciones de comercialización de los productos o servicios [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado80)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 25 de julio de 2013 (asunto R1374/2012‑2) relativa a un procedimiento de oposición entre Lifestyle Equities CV y Royal County of Berkshire Polo ClubLtd.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) de 25 de julio de 2013 (asunto R1374/2012‑2), en la medida en que desestima la solicitud de marca comunitaria nº9642621 para los productos «fustas, arneses, guarnicionería».

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Cada parte cargará con sus propias costas.

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