Auto del Tribunal General (Sala Quinta)
de 28 de abril de 2015— DyckerhoffPolska/Comisión
(Asunto T‑284/14)
«Recurso de anulación— Plazo para recurrir— Extemporaneidad— Inexistencia de fuerza mayor o de caso fortuito— Inadmisibilidad manifiesta— Excepción de ilegalidad»
1.Recurso de anulación— Plazos— Carácter de orden público— Examen de oficio por el órgano jurisdiccional de la Unión (Art.263TFUE, párr.6; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.102, aps.1 y 2) (véanse los apartados 11 y12)
2.Recurso de anulación— Plazos— Inicio del cómputo— Fecha de publicación— Fecha en que se tiene conocimiento del acto— Carácter subsidiario (Art.263TFUE, párr.6; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.102, aps.1 y 2) (véanse los apartados 14 a16)
3.Procedimiento judicial— Plazo para recurrir— Caducidad de la acción— Caso fortuito o de fuerza mayor— Inexistencia (Art.263TFUE, párr.6; Estatuto del Tribunal de Justicia, arts.45, párr.2, y 53) (véase el apartado17)
4.Excepción de ilegalidad— Carácter incidental— Inadmisibilidad del recurso principal— Inadmisibilidad de la excepción (Art.277TFUE) (véase el apartado19)
Objeto
Recurso de anulación de la Decisión 2013/448/UE de la Comisión, de 5 de septiembre de 2013, relativa a las medidas nacionales de aplicación para la asignación gratuita transitoria de derechos de emisión de gases de efecto invernadero con arreglo al artículo 11, apartado 3, de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L240, p.27). |
Fallo
1) |
| Declarar la inadmisibilidad manifiesta del recurso. |
2) |
| No procede pronunciarse sobre las demandas de intervención del Consejo de la Unión Europea y del Parlamento Europeo. |
3) |
| Condenar en costas a Dyckerhoff Polska sp.zo.o. |