Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 7 de mayo de 2015—
Văraru
(Asunto C‑496/14)1(1)
«Procedimiento prejudicial— Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Principios de igualdad y de no discriminación en materia de seguridad social— Cálculo del importe de las prestaciones por hijo a cargo— No aplicación del Derecho de la Unión— Incompetencia manifiesta del Tribunal de Justicia»
Cuestiones prejudiciales— Competencia del Tribunal de Justicia— Límites— Petición de interpretación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión— Normativa nacional que no constituye una medida de aplicación del Derecho de la Unión ni presenta otros elementos de conexión conél— Incompetencia manifiesta del Tribunal de Justicia (Arts.6TUE, ap.1, y 267TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.51, ap.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.53, ap.2) (véanse los apartados 15 a22)
Fallo
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a la cuestión prejudicial planteada por el Tribunalul Sibiu (Rumanía), mediante resolución de 9 de octubre de2014.
1DO C46, de 9.2.2015.