Sentencia del Tribunal General (Sala Novena)
de 21 de mayo de 2015— Wine in Black/OAMI—
Quinta do Noval-Vinhos (WineinBlack)
(Asunto T‑420/14)
«Marca comunitaria— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca comunitaria denominativa WineinBlack— Marca comunitaria denominativa anterior NOVALBLACK— Motivo de denegación relativo— Inexistencia de riesgo de confusión— Similitud entre los signos— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento(CE) nº207/2009»
1.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 15 y40)
2.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marcas denominativas Wine in Black y NOVAL BLACK [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 16, 39 y46)
3.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación— Marca compuesta [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado18)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 6 de marzo de 2014 (asunto R1601/2013-1) relativa a un procedimiento de oposición entre Quinta do Noval-Vinhos, SA, y Wine in BlackGmbH. |
Fallo
1) |
| Anular la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 6 de marzo de 2014 (asunto R1601/2013-1). |
2) |
| Condenar en costas a laOAMI. |