En el asunto C‑172/15
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

En el asunto C‑172/15

Fecha: 27-Ago-2015

AUTO DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

de 27 de agosto de 2015(*)

«Archivo»

En el asunto C‑172/15,

que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 258TFUE, el 16 de abril de2015,

Comisión Europea, representada por la Sra.L.Nicolae y el Sr.J.Rius, en calidad de agentes,

parte demandante,

contra

Reino de España, representado por la Sra.M.J.García‑Valdecasas Dorrego, en calidad de agente,

parte demandada,

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA,

oído el Primer Abogado general, Sr.M.Wathelet,

dicta el siguiente

Auto

1Mediante escrito presentado a través de e‑Curia el 16 de julio de 2015, la Comisión informó al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 148 del Reglamento de Procedimiento, de que desistía de su recurso y solicitó, conforme al artículo 141, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento, que se condenara en costas al Reino de España.

2Mediante escrito presentado a través de e-Curia el 27 de julio de 2015, la parte demandada indicó al Tribunal de Justicia que no tenía ninguna observación que formular sobre el desistimiento.

3A tenor del artículo 141, apartados 1 y 2, del Reglamento de Procedimiento, la parte que desista será condenada en costas, si así lo hubiera solicitado la otra parte en sus observaciones sobre el desistimiento. No obstante, a petición de la parte que desista, la otra parte cargará con las costas, si se estimase que la actitud de esta última lo justifica.

4En el presente caso, el recurso y el posterior desistimiento de la Comisión fueron el resultado de la actitud del Reino de España, que no adoptó las medidas necesarias para cumplir sus obligaciones hasta después de presentarse el recurso.

5Procede, pues, condenar en costas al Reino de España.

En virtud de todo lo expuesto, el Presidente del Tribunal de Justicia resuelve:

1)Archivar el asunto C‑172/15, haciéndolo constar en el Registro del Tribunal de Justicia.

2)Condenar en costas al Reino de España.

Dictado en Luxemburgo, a 27 de agosto de2015.

El Secretario

El Presidente

A.Calot Escobar

V. Skouris


*Lengua de procedimiento: español.

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