Sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 28 de octubre de 2016 — Unicorn/EUIPO — Mercilink Equipment Leasing (UNICORN-čerpací stanice)
(Asunto T‑123/15)
«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca denominativa de la Unión UNICORN-čerpací stanice— Marcas nacionales denominativas y figurativa anteriores UNICORN— Motivo de denegación relativo— Notoriedad— Artículo 8, apartado 5, del Reglamento (CE) n.º207/2009»
1.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar que goza de notoriedad— Protección de la marca anterior notoria ampliada a productos o servicios no similares— Requisitos— Notoriedad de la marca en el Estado miembro o en la Unión— Concepto— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.5] (véanse los apartados 35 a 38 y45)
2.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar que goza de notoriedad— Protección de la marca anterior notoria ampliada a productos o servicios no similares— Marca denominativa UNICORN-čerpací stanice— Marcas denominativas y figurativa UNICORN [Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.5] (véanse los apartados 40, 46 y54)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 13 de enero de 2015 (asunto R153/2014‑5) relativa a un procedimiento de oposición entre Unicorn y Mercilink Equipment Leasing. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a Unicorna.s. |