(Asunto T‑724/14
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑724/14

Fecha: 05-Oct-2016





Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 5 de octubre de 2016 — European Children’s Fashion Association e Instituto de Economía Pública/EACEA

(Asunto T‑724/14)

«Cláusula compromisoria— Contrato de subvención celebrado en el marco del programa de acción “Lifelong Learning (2007-2013)”— Proyecto “Brand & Merchandising manager for SMEs in the children’s product sector”— Recurso de anulación— Acto no recurrible— Acto que se inscribe en un marco puramente contractual del que es indisociable— Inadmisibilidad— Gastos no subvencionables— Reembolso de los importes abonados— Informe de auditoría»

1.Procedimiento judicial— Base jurídica de un recurso— Elección que corresponde al demandante y no al juez de la Unión (véase el apartado30)

2.Recurso de anulación— Recurso cuyo objeto es en realidad un litigio de naturaleza contractual— Anulación de un escrito previo de información y de una nota de adeudo emitidos por la Agencia Ejecutiva en el ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural (EACEA)— Incompetencia del juez de la Unión— Inadmisibilidad (Arts.263TFUE, 272TFUE y 288TFUE) (véanse los apartados 33 a37)

3.Derecho de la Unión Europea— Principios— Derecho de defensa— Aplicación a los procedimientos administrativos emprendidos por una institución o un órgano de la Unión— Alcance— Aplicación a un procedimiento de recuperación de deuda de origen contractual relativo a un beneficiario de fondos europeos— Exclusión— Límites— Respeto del principio de contradicción en el procedimiento de auditoría (Art.272TFUE) (véase el apartado48)

4.Procedimiento judicial— Escrito de interposición del recurso— Requisitos de forma— Exposición sumaria de los motivos invocados— Enunciación abstracta— Inadmisibilidad— Remisión a los anexos— Inadmisibilidad [Estatuto del Tribunal de Justicia, arts.21, párr.1, y 53, párr.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.76, letrad)] (véanse los apartados 62 y104)

5.Procedimiento judicial— Sometimiento del asunto al Tribunal General en virtud de una cláusula compromisoria— Motivos— Falta de motivación o motivación insuficiente— Motivo inoperante— Desestimación (Arts.272TFUE y 296TFUE) (véase el apartado69)

6.Derecho de la Unión Europea— Principios— Proporcionalidad— Alcance— Respeto por parte de las instituciones de la Unión Europea en el supuesto de actos que se inscriben en un marco contractual (Art.5TUE, ap.4) (véase el apartado73)

7.Procedimiento judicial— Sometimiento del asunto al Tribunal General en virtud de una cláusula compromisoria— Motivos— Violación del principio de confianza legítima— Motivo inoperante— Desestimación (Art.272TFUE) (véanse los apartados 75 a77)

8.Procedimiento judicial— Sometimiento del asunto al Tribunal General en virtud de una cláusula compromisoria— Motivos— Desviación de poder— Motivo inoperante— Desestimación (Arts.263TFUE y 272TFUE) (véanse los apartados 78 y79)

9.Presupuesto de la Unión Europea— Ayuda económica de la Unión— Obligación del beneficiario de cumplir las condiciones de concesión de la ayuda— Financiación que sólo cubre los gastos efectivamente soportados— Justificación de la realidad de los gastos declarados— Inexistencia— Gastos no subvencionables— Buena ejecución técnica de los proyectos objeto de una ayuda económica de la Unión— Irrelevancia (Art.317TFUE) (véanse los apartados 94 y95)

10.Procedimiento judicial— Alegación de motivos nuevos en el curso del proceso— Motivo invocado por primera vez en el escrito de réplica y que no constituye una ampliación de un motivo invocado con anterioridad— Inadmisibilidad [Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, arts.76, letrad), y 84, ap.1] (véanse los apartados 110 y112)

11.Procedimiento judicial— Sometimiento del asunto al Tribunal General en virtud de una cláusula compromisoria— Contrato por el que se concede una ayuda económica de la Unión para realizar un proyecto en el ámbito educativo y formativo— Recurso que tiene por objeto la designación de un experto a efectos de justificar los gastos realizados— Desestimación— Carga de la prueba que recae en el demandante en virtud del contrato de financiación (Art.272TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, arts.68 a 70) (véase el apartado137)

Objeto

Con carácter principal, recurso basado en el artículo 272TFUE, destinado a que se declare que la primera demandante no está obligada a reembolsar el importe que la EACEA le abonó en concepto del contrato concluido para la realización del proyecto «Brand & Merchandising manager for SMEs in the children’s product sector», y, con carácter subsidiario, recurso basado en el artículo 263TFUE, destinado a que se anule, por una parte, el escrito previo de información de la EACEA, de 1 de agosto de 2014, por el que se informó a la primera demandante de que debía reembolsar el importe de 82378,81euros tras la auditoría de dicho proyecto, y, por otra parte, la nota de adeudo n.º3241401420, emitida por la EACEA el 5 de agosto de 2014 a efectos del reembolso de dicho importe.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a European Children’s Fashion Association y al Instituto de Economía Pública,S.L.

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