Asunto C‑448/14
Davitas GmbH
contra
Stadt Aschaffenburg
(Petición de decisión prejudicial planteada por el Bayerischer Verwaltungsgerichtshof)
«Procedimiento prejudicial— Nuevos alimentos y nuevos ingredientes alimentarios— Reglamento (CE) n.o258/97— Artículo 1, apartado 2, letrac)— Concepto de alimentos y de ingredientes alimentarios con una “estructura molecular primaria nueva”»
Sumario — Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 9 de noviembre de2016
1.Derecho de la Unión Europea— Interpretación— Consideración del contexto y del sentido habitual de los términos
2.Aproximación de las legislaciones— Nuevos alimentos y nuevos ingredientes alimentarios— Comercialización— Reglamento (CE) n.o258/97— Ámbito de aplicación— Alimentos e ingredientes alimentarios con una estructura molecular primaria nueva— Concepto
[Reglamento (CE) n.o258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, en su versión modificada por el Reglamento (CE) n.o596/2009, art.1, ap.2, letrac)]
1.Véase el texto de la resolución.
(véase el apartado 26)
2.El artículo 1, apartado 2, letrac), del Reglamento n.o258/97, sobre nuevos alimentos y nuevos ingredientes alimentarios, en su versión modificada por el Reglamento n.o596/2009, debe interpretarse en el sentido de que la expresión «estructura molecular primaria nueva» se refiere a los alimentos o a los ingredientes alimentarios que no han sido objeto de consumo humano en el territorio de la Unión Europea antes del 15 de mayo de1997.
(véanse el apartado 36 y el fallo)