(Asunto T‑716/15
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑716/15

Fecha: 09-Nov-2016





Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 9 de noviembre de 2016 — Gallardo Blanco/EUIPO — Expasa Agricultura y Ganadería (Representación de un bocado de caballo en forma de«H»)

(Asunto T716/15)

«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca figurativa de la Unión constituida por la representación de un bocado de caballo en forma de“H”— Marcas de la Unión y española figurativas anteriores— Motivo de denegación relativo— Uso efectivo de las marcas anteriores— Artículo 42, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o207/2009— Riesgo de confusión— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) n.o207/2009»

1.Procedimiento judicial— Escrito de interposición del recurso— Requisitos de forma— Determinación del objeto del litigio— Exposición sumaria de los motivos invocados— Enunciación abstracta— Inadmisibilidad

[Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.76, letrad)]

(véase el apartado21)

2.Marca de la Unión Europea— Observaciones de terceros y oposición— Examen de la oposición— Prueba del uso de la marca anterior— Uso efectivo— Concepto— Criterios de apreciación

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.42, aps.2 y 3; Reglamento (CE) n.o2868/95 de la Comisión, art.1, regla 22, ap.2]

(véanse los apartados 30 a36)

3.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 58 a 61 y101)

4.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre los productos o servicios de que se trata— Criterios de apreciación— Carácter complementario de los productos o de los servicios

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véase el apartado69)

5.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación— Marca compuesta

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 75 a77)

6.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Carácter distintivo elevado de la marca anterior— Criterios de apreciación

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 99 y100)

7.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marca figurativa que representa un bocado de caballo en forma de«H»— Marca figurativa que representa un bocado de caballo en forma de «H» que contiene la letra«c» y marca figurativa Yeguada de la Cartuja-Hierro del Bocado

[Reglamento (CE) n.o207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 102 a 108 y113)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 29 de septiembre de 2015 (asunto R1502/2014‑2), relativa a un procedimiento de oposición entre Expasa Agricultura y Ganadería, S.A., y el Sr.Juan Gallardo Blanco.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Juan Gallardo Blanco.

Vista, DOCUMENTO COMPLETO